El Senado aprueba reformas que acotan el fuero a los funcionarios
Los servidores públicos con fuero sujetos a proceso penal serán removidos y sometidos a la condena que el juez determine, según el dictamen

El Senado aprobó reformas para acotar el fuero a los funcionarios públicos, éstos podrán ser enjuiciados si son acusados de algún delito (Cuartoscuro Archivo).
- El senado aprobó reformas que acotan el fuero de funcionarios de los tres poderes
- Los funcionarios acusados de algún delito podrán ser enjuiciados, pero seguirán el proceso en libertad y no serán separados de su cargo
- La medida aplica para el Presidente de la República, gobernadores, jueces y legisladores
CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) — El Senado mexicano aprobó reformas a la Constitución que acotan el fuero a funcionarios de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, con lo que éstos podrán ser enjuiciados cuando sean acusados de algún delito.
Los servidores públicos con fuero sujetos a un proceso penal, podrán seguirlo sin ser privados de su libertad ni separados de su cargo, y en caso de ser declarados culpables, serán removidos y sometidos a la condena que el juez determine, de acuerdo con el dictamen aprobado por 81 votos.
Las reformas modificarían el fuero del presidente de la República, los secretarios de Estado, diputados federales, senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La reforma también, aplica para consejeros de la Judicatura Federal, consejeros del Instituto Federal Electoral, jefe de Gobierno del Distrito Federal, asambleístas, procuradores General de la República y estatales, entre otros.
Así como a autoridades de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de las entidades.
Con estas reformas, se ataca de fondo “la impunidad que más lastima a los mexicanos: la impunidad de los políticos”, aseguró el senador Pedro Joaquín Coldwell.
Actualmente en tanto la Suprema Corte de Justicia no emita una declaración de procedencia para quitar el fuero, no hay proceso judicial contra los funcionarios, explicó el legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
“Sin embargo, con las modificaciones se iniciará el proceso penal preservando la inmunidad del servidor público que se trate, y será juzgado, y ya con una sentencia el Congreso decidirá si le quita o no la inmunidad”, añadió
El legislador priista advirtió que si el Congreso de la Unión no elimina la inmunidad a pesar de que haya una sentencia penal, esta seguirá firme y se aplicará cuando el funcionario público termine su encargo.
Cuando el juez de la causa dicte sentencia condenatoria de primera instancia, solicitará a la Cámara de Diputados retirar la inmunidad para que el sentenciado cese en sus funciones y quede a disposición de la autoridad correspondiente.
De igual manera, se aplicará el mismo procedimiento al presidente de la República, para lo cual será la Cámara de Diputados la encargada de resolver el desafuero, en tanto el Senado fungirá como el órgano revisor, y tendrá 10 días hábiles para adoptar su decisión.
