Infracciones a la ley sin un castigo electoral
Gastos excesivos, financiamiento paralelo o propaganda indebida implican multas para partidos o candidatos, pero no que un triunfo se anule

(Cuartoscuro Archivo)
- Una eleccin puede anularse si hay irregularidades en el 25% de las casillas, si el mismo porcentaje de casillas no se instala o el candidato ganador no es elegible
- Tambin pueden ser invalidada si no cumple principios constitucionales
(CNNMxico) — Rebasar el tope de gastos de campaña, hacer proselitismo anticipado o realizar propaganda indebida son infracciones de las que los partidos políticos se acusan con frecuencia, pero no son razón suficiente para anular una elección.
Hay tres causales de nulidad marcadas por la ley mexicana: irregularidades comprobadas en el 25% o más de las casillas, que no se instalen 25% o más de las casillas o que el candidato ganador no cumpla los requisitos para ser elegible.
Cuando un partido o candidato viola la legislación electoral, recibe una sanción administrativa (multa) o una amonestación pública y, en caso de violaciones "graves y reiteradas", se puede cancelar el registro de una fuerza política o prohibir que un precandidato se registre.
El Tribunal Electoral federal puede invalidar comicios, sin tomar en cuenta las causales de nulidad, si concluye que una elección no cumplió con los principios de libertad, equidad e imparcialidad establecidos por la Constitución.
Del 2000 a la fecha, la institución únicamente ha declarado inválidas tres elecciones: la de gobernador de Tabasco en el 2000, la de gobernador de Colima en 2003 y la de la alcaldía de Morelia en 2011. Los fallos implicaron la realización de votaciones extraordinarias, pero no sanciones para partidos o candidatos.




