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La Corte ordena liberar a un indígena encarcelado por masacre de Acteal

Los ministros de la primera sala consideraron que la sentencia estaba basada en pruebas ilícitas

Miércoles, 26 de septiembre de 2012 a las 19:21
En febrero de 2012, la Suprema Corte ordenó la liberación de siete indígenas presuntamente responsables de la matanza de Acteal (Cuartoscuro).
En febrero de 2012, la Suprema Corte ordenó la liberación de siete indígenas presuntamente responsables de la matanza de Acteal (Cuartoscuro).
Lo más importante
  • La primera sala de la Suprema Corte ordenó la liberación inmediata de Manuel Sántiz Pérez, un indígena que había sido sentenciado por participar en la masacre de Acteal en 1997
  • Los ministros consideraron que su sentencia se basó en pruebas ilícitas
  • En febrero de 2012, la SCJN había liberado a siete sentenciados por presuntamente haber participado en la misma masacre

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CIUDAD DE MÉXICO (CNNMéxico) — La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación del indígena Manuel Sántiz Pérez, encarcelado por su presunta responsabilidad en el asesinato de 45 indígenas en Acteal, en diciembre de 1997.

Los cinco ministros integrantes de la primera sala consideraron que las pruebas mediante las cuales se le condenó estaban viciadas. 

Los ministros señalaron que se le debe de reconocer como inocente, dado que después de la sentencia en su contra, aparecieron documentos públicos que invalidan las pruebas en las que se fundó la sentencia.

En este sentido, llegaron a la conclusión de que al tomar en cuenta pruebas ilícitas para su condena, “se violaron sus derechos constitucionales al debido proceso, razón suficiente para declarar su inmediata libertad”, según un comunicado difundido por la SCJN.

Sántiz Pérez fue sentenciado por los delitos de homicidio y lesiones calificadas, pero interpuso un recurso de apelación al señalar que la resolución del juez de Distrito se había sustentado en declaraciones de testigos y un álbum fotográfico que la primera sala de la SCJN había determinado como pruebas ilícitas.

En febrero de este año, los ministros ordenaron la libertad de siete indígenas que presuntamente habían estado involucrados en la matanza de Acteal.

Estas siete personas estaban acusadas de participar en los hechos del 22 de diciembre de 1997, cuando un grupo de 100 hombres armados irrumpió en la comunidad de Acteal, en la zona conocida como Los Altos de Chiapas, y asesinó a 45 indígenas tzotziles, entre los que había hombres, mujeres y 15 niños.

En septiembre de 2011, familiares de víctimas y sobrevivientes de la masacre de Acteal demandaron al expresidente mexicano, Ernesto Zedillo, por su presunta complicidad en una corte de Estados Unidos.

Zedillo calificó la demanda como “falsas y calumniosas” y en enero de este año envió un documento judicial a los tribunales estadounidenses que su estatus como exmandatario le da inmunidad e impide que sea procesado por la masacre. 

Este 8 de septiembre, el  gobierno de Estados Unidos informó a una corte federal de ese país que decidió conceder la inmunidad al expresidente mexicano Ernesto Zedillo, por la demanda en su contra. 

Posteriormente se reveló que el gobierno mexicano envió una nota diplomática al Departamento de Estado estadounidense el 4 de noviembre del 2011, en la que solicitó inmunidad para el expresidente.


Encuentra este artículo con: acteal, suprema corte, derechos humanos, masacre
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